Condenan injustamente a defensora de derechos humanos que opone al proyecto minero “Tía María”

El 2 de setiembre el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Arequipa procedió al adelanto de lectura de sentencia por la cual condena, por delito de disturbios y lesiones leves, a una de las agricultoras defensoras del Valle del Tambo.

Igualmente, absuelve a otras 10 personas agricultoras defensoras de mismo valle por los delitos de tortura, disturbios y lesiones leves en el proceso judicial contenido en el Expediente No. 4116- 2016. Como se recordará entre el 23 de marzo y 24 de mayo de 2015 los agricultores del Valle del Tambo en el ejercicio legítimo de su derecho constitucional a la protesta, iniciaron una serie de manifestaciones públicas en contra de la decisión estatal de autorizar la ejecución del Proyecto Minero denominado Tía María, al considerar que iba afectar el medio ambiente y las tierras agrícolas; así como, la calidad y cantidad del agua en el referido Valle del Tambo, poniendo en riesgo su derecho fundamental a vivir en un medio ambiente sano y equilibrado.

Asimismo, protestaban en forma pública porque el estado peruano pretendía desconocer la Consulta Vecinal, realizada el 27 de setiembre de 2009, en la que el 97% de la población del Valle del Tambo le dijo no al Proyecto minero y si a la agricultura.

Producto de esas legítimas protestas, la policía desarrolló una represion indiscriminada contra los agricultores del Valle del Tambo que protestaban en esos meses y, al mismo tiempo, el gobierno y la empresa Souther Peru denunciaron falsamente la comisión de diversos delitos a dichos agricultores que no hacían otra cosa que ejercer, de manera legítima, su derecho fundamental a la protesta social.

Este proceso judicial se volvió emblemático por la firme decisión de los agricultores del Valle del Tambo de hacer respetar la Segunda Gran Consulta Vecinal (27 de setiembre de 2009) en el Perú y una de las primeras en Latinoamérica en la que la población, en forma abrumadora se opuso a desarrollo del Proyecto minero y; porque, a pesar de ello, el gobierno y la empresa insistían en desarrollar el Proyecto Minero Tía María.

En este proceso judicial, el Ministerio Público acusó a las agricultoras y agricultores de los delitos de tortura, disturbios y lesiones leves. Con relación a ello, el antes citado Juzgado Unipersonal, si bien decidió absolver a Elida Maritza Ticona Hinojosa de delito de tortura, sin embargo, con un razonamiento absolutamente equivocado decidió condenarla por los delitos de disturbios y lesiones leves.

Finalmente, señaló que no se había acreditado la comisión de los delitos de tortura, disturbios y lesiones leves por parte de otras 10 personas agricultoras, por lo que decidió absolverlos. En relación a ello, en este proceso judicial, la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – FEDEPAZ, contando con el fundamental apoyo institucional de RED MUQUI, asumió la defensa legal de 2 de las personas defensoras de derechos humanos procesadas que fueron absueltas de toda responsabilidad penal, si bien expresa su satisfacción con este extremo de la sentencia, al mismo tiempo expresa su indignación por la que considera una injusta sentencia en la parte que condena a la defensora Elida Maritza Ticona Hinojosa, con la convicción de que deberá ser absuelta por la segunda instancia.

Expresa igualmente, que este largo proceso de más de 7 años evidencia que las defensoras y los defensores fueron acusados falsamente de la comisión de delitos graves y que ha puesto, también, en evidencia la condenable estrategia estatal y empresarial de criminalizar falsamente a todos aquellos que, en defensa de sus derechos, se oponen a las arbitrarias decisiones gubernamentales y empresariales, con el propósito de amedrentarlos y evitar que sigan protestando.

6 de setiembre de 2022

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