Cajamarca: juzgado ordena suspender la exploración minera en cerro Colpayoc

El Segundo Juzgado Civil del Poder Judicial de Cajamarca ordenó la suspensión inmediata de las actividades de exploración minera que desarrolla la empresa Colpayoc S.A.C. en el cerro Colpayoc. La medida responde a una demanda de amparo presentada por organizaciones sociales de Cajamarca y del distrito de Chetilla, en defensa del derecho fundamental al agua y a un ambiente equilibrado.

La resolución, emitida el 11 de agosto de 2025 y conocida en las últimas horas, también dispone que la empresa adopte medidas para evitar que la paralización genere daños ambientales o sociales.

Origen de la demanda 

La acción de amparo fue interpuesta en diciembre de 2024 por la Comunidad Campesina Mishca Chica, el Pueblo Originario del distrito de Chetilla, el Frente de Defensa y Desarrollo de la Cuenca El Ronquillo Cajamarca, el Frente de Defensa Ambiental de Cajamarca y las Juntas Administradoras de los Servicios de Saneamiento Challuapuquio III y Alto Chetilla.

Las organizaciones denunciaron que la exploración minera ponía en riesgo las cabeceras de microcuencas que dan origen al río Cajamarquino, que abastece el valle de Cajamarca, así como a las cuencas del Crisnejas, Marañón y Amazonas, por el este, y a la cuenca del Jequetepeque, por el oeste. Entre las zonas más sensibles, señalaron la microcuenca El Ronquillo y la laguna Mataracocha, dado que el río Ronquillo provee aproximadamente el 30% del agua potable de la ciudad de Cajamarca, captada por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Cajamarca (SEDACAJ).

Argumentos y posiciones

Los demandantes sostuvieron que el Proyecto de Exploración Colpayoc amenaza gravemente el derecho constitucional al agua y al medio ambiente equilibrado, al desarrollarse en cabeceras de microcuenca protegidas por la Ley N.º 30640. También denunciaron la ausencia de un inventario completo de manantiales, la falta de consideración de estudios técnicos previos y la vulneración del principio precautorio, advirtiendo que la actividad minera podría agravar la crisis hídrica que afronta la región.

Por su parte, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) rechazó la demanda, argumentando que no se agotó la vía administrativa y que el proyecto contaba con una Ficha Técnica Ambiental aprobada. El Gobierno Regional de Cajamarca, en tanto, negó legitimidad pasiva, alegando que no emitió los actos administrativos cuestionados.

Alcance de la sentencia

En su fallo, el juzgado declaró nulas la Resolución Directoral N.º 169-2023/MINEM-DGAAM que aprobó la Ficha Técnica Ambiental, la Constancia de Aprobación Automática N.º 010-2023-MINEM/DGM que autorizó las actividades de exploración y la Resolución N.º 614-2024-MINEM/CM, que rechazó el pedido de nulidad contra la aprobación de la ficha ambiental.

El proyecto minero Colpayoc ha sido objeto de protestas y movilizaciones desde su anuncio, debido a la preocupación ciudadana por los posibles impactos en las fuentes hídricas y ecosistemas de Cajamarca. Con este fallo, el caso se convierte en un precedente relevante para la protección judicial de cabeceras de cuenca en el país.

13/08/2025

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